Gobierno presenta una “cuasi” reforma fiscal en Presupuesto 2021

El proyecto de Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos del 2021, presentado por el Gobierno, plantea una «cuasi» reforma fiscal basada en la obtención de recursos mediante el consumo.

La disposición, retoma medidas contempladas y no aplicadas en reformas fiscales anteriores y otras nuevas que impactarán de forma negativa el comercio electrónico, la liberalización del Impuesto Sobre la Renta (ISR) basado en el ajuste por inflación, exceptuando el mínimo exento; grava la importación de GLP con US$174.50 por tonelada métrica y pone una tasa de 25% a la importación de maquinarias y aparatos para aires acondicionados.

El proyecto también grava con un 8% sobre ganancias extraordinarias a empresas que presume obtuvieron grandes utilidades durante la pandemia del Covid-19 en el año 2020.

Asimismo, elimina toda exoneración de importación de maquinarias de juegos de azar, con la excepción de casinos.

Por concepto del nuevo impuesto sobre el comercio y las transacciones internacionales/comercio exterior, el Gobierno proyecta obtener ingresos ascendentes a RD$38,526,62,712, equivalentes a un 0.8% del producto interno bruto (PIB) del 2021.

También espera captar un monto poco relevante por “impuestos ecológicos”, que no detalla.

En general, el monto por impuestos proyectado es de RD$657,166.2 millones, equivalentes a un 13.4% del PIB.

Dentro de su propuesta legislativa, además se adiciona un 0.5% al 1% correspondiente de manejar al Poder Ejecutivo mediante el Fondo de Calamidad Pública, para que en vez de 1% sea 1.5%.

Asimismo, dejan sin efecto el ajuste por inflación establecido en el Código Tributario 11-92, lo cual ha estado ocurriendo en los últimos años; suspende la exención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) contemplado en el artículo 222 del Código Laboral dominicano, sobre el salario de Navidad, con excepción de los salarios que caen dentro del mínimo exento, es decir, hasta los 34,106.75 mensuales. El resto de los asalariados, que tenía varios tramos de porcentajes de 15%, 20% y 25%, desaparecen de cuajo y pagarán impuesto, al igual que para el sueldo navideño.

 Sobre la contribución temporal de un 8% a las empresas con ganancias extraordinarias durante la pandemia, explica que la ganancia extraordinaria será el monto que excede del 5% de la diferencia entre la renta neta imponible (sin ajustes fiscales) de la declaración del ISR del año 2021 y del 2020.

Respecto a la contribución (impuesto) a la importación por cada tonelada  (TM) de Gas Licuado de Petróleo (GLP), para ser destinado a un Fondo Especial de Solidaridad para la prevención y reconstrucción de provincias impactadas por efecto del cambio climático, dice que el tributo será aplicado a la masa de GLP o sus componentes expresados por TM.  

La contribución de RD$2.00 por consumo de gasoil y gasolina Premium será cobrado por la Dirección General de Aduanas.

Otra carga al consumo es el cambio en el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) a los aparatos y maquinarias para aires acondicionados, a los que se aplicará una tasa de 25%.

 La constitución de sociedades deberá contribuir con un 1% que deberá ser pagado con el ISR anual. Otra carga es un 1% anual a los activos financieros netos de la entidades de intermediación financiera, que será deducible del ISR.

 3% impuesto al consumo con tarjetas

El impuesto transitorio de 3% sobre las operaciones o consumo en moneda extranjera pagado con tarjetas de débito o crédito que sean realizados por residentes nacionales aplica también a los dominicanos que viajan fuera del país y pagan sus compras con tarjetas.

El 3% del consumo será deducido por las entidades de intermediación financiera, quiénes serán los agentes de retención del nuevo gravamen que tendrá dos modalidades.

 Si la tarjeta es de crédito, se aplica el 3% sobre el capital pagado y, si es de débito, la tasa aplicable será establecida sobre el monto de la transacción.

 Asociaciones Sin Fines de Lucro

Las Asociaciones Sin Fines de Lucro (ASFL) estarán obligadas a remitir un informe trimestral del uso que cada mes dan a los recursos.

 Impuestos relevantes

 1.) Un impuesto transitorio de 8% sobre las “ganancias extraordinarias” que hayan obtenido las empresas por los efectos del estado de emergencia y del Covid-19.

2.) Impuesto 3% todas las compras realizadas en moneda extranjera con tarjetas de crédito y de débito, además de los servicios digitales que ofrecen empresas extranjeras para consumo local

3.) Eliminación de las exenciones de impuestos a las importaciones de equipos y máquinas de juegos de azar, con excepción de casinos.

4.) Gas licuado de petróleo (GLP) sobre el cual el Gobierno aplicaría un impuesto adicional equivalente a US$174.50 por cada tonelada métrica de ese combustible o de sus componentes (butano y propano) que sean importados para su comercialización en el país.

5.) Bancos comerciales que deberán pagar un impuesto de 1% sobre sus activos financieros netos,

6.) Para los equipos y maquinarias utilizados en los acondicionadores de aire, el nuevo proyecto de presupuesto propone el aumento a un 25% del impuesto selectivo al consumo (ISC).

7.) Suspensión del artículo 222 dl Código Laboral durante el 2021, el cual consiste en el Salario de Navidad, que no está sujeto a la retención de renta, por lo que en adelante le será cobrado el Impuesto Sobre la Renta.

 8.) Las Empresas prioritarias contempladas en la Ley 56-07, que declara prioridad nacional los sectores de la cadena textil, confecciones y accesorios, suela, fabricación de calzados de manufactura de cuero, deberán adelantar un 50% de ITBIS sobre materias primas, insumos y maquinarias industriales y equipos y bienes de capital importado. Se crea un régimen regulatorio para estas industrias.

 No obstante, las empresas exportadoras que resulten con saldo a favor podrán reclamar reembolso por concepto del impuesto adelantado.

Economista ve distorsión

El economista Luis Manuel Piantini advierte a las autoridades que la creación de un impuesto a las operaciones internacionales crearía una distorsión en el mercado cambiario cuando ya estas fueron eliminadas con muchas crisis en los años 80 y 90.

 Afirma que en este país no hay nada que sea transitorio, como es el impuesto a las transacciones financieras. «Habiendo superado el país los traumas sobre las distorsiones. Es muy cuesta arriba que retomemos esos caminos cuando estamos abogando por atraer inversiones extranjeras al país», dijo.

Adicionalmente, agregó, esto aumenta el nivel del arancel efectivo y altera el régimen cambiario, temas tanto del comercio como del cambiario que son objetos de regulación por parte de organismos internacionales de los cuales el país es miembro firmante en el cumplimiento de esos acuerdos.

Fuente: Listín Diario



Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

WordPress Lightbox Plugin
Ir a la barra de herramientas